Especies de pesca
Las especies objeto de pesca en Asturias, se establecen en la Ley 6/2002, de 18 de junio, sobre protección de los ecosistemas acuáticos y de regulación de la pesca en aguas continentales.
Tallas
Las tallas mínimas permitidas para las especies se fijan en la
El pescador no podrá estar en posesión de truchas o reos pescados en otras zonas que sean de tamaño inferior al permitido en el tramo que esté pescando.
Tallas de las especies objeto de pesca | Talla mínima (cm) |
---|---|
Lisas (Chelon labrosus y Liza spp.) | 20 |
Lubina (Dicentrarchus labrax) | 36 |
Platija o solla (Platichtys flesus) | 25 |
Salmón atlántico (Salmo salar) | 45 |
Trucha común y reo (Salmo trutta) con carácter general | 19 |
Trucha común y reo (Salmo trutta) en zonas salmoneras y en las zonas limítrofes con Galicia en el río Navia y con Cantabria en el Cares-Deva | 21 |
Trucha común y reo (Salmo trutta) en zonas salmoneras desde el 1º domingo de abril, al tercer domingo de mayo con piscardo muerto | 24 |
Trucha común y reo (Salmo trutta) en el río Eo | 25 |
Cupos
Los cupos de pesca son establecidos en la normativa anual y en las posteriores modificaciones.
Para el año 2023 se establecen los siguientes:
Salmón
Un salmón por pescador y día, con un máximo de dos salmones por pescador y temporada.
En el caso de la pesca con muerte, cualquier devolución por el pescador de un salmón pescado computará como captura a efectos del cupo.
Una vez alcanzado el cupo de salmones, puede proseguirse la pesca únicamente en la modalidad sin muerte, pero solo en las zonas y cotos específicos para pesca sin muerte.
Trucha común y reo
Un total de seis ejemplares por pescador y día sin contar la trucha arco iris (Embalse de Alfilorios 3 truchas/pescador/día). Estos cupos no serán de aplicación en los cotos de tipo intensivo con regulación específica.
Alcanzado el cupo diario de trucha/reo, sólo podrá seguirse pescando estas especies en los tramos específicos de pesca sin muerte y sin estar en posesión de peces pescados en otras zonas.
Resto de especies
Sin cupo.
En los cotos se permite que un menor de edad, con licencia de pesca en vigor e identificado por su DNI, pueda pescar bajo la tutela de cada uno de los titulares presentes con permiso del coto. Nunca se superará el cupo de 3 salmones/coto ni 6 truchas (3 en Alfilorios) entre el pescador y su menor tutelado.
Especies vedadas
Las especies vedadas se establecen en la normativa anual.
Para esta temporada se establecen la veda sobre la anguila (salvo lo regulado para la pesquería de la angula), sobre el sábalo y la alosa (Alosa sp.).