Resumen de periodos y cebos
Los períodos hábiles de pesca y cebos permitidos para cada campaña se señalan en la normativa annual (Normas anuales de pesca 2026 y su corrección de errores). Este resumen no sustituye a lo reflejado en la correspondiente resolución.

Días de veda
- Jueves: veda para todas las especies en todas las zonas.
- Lunes: veda para todas las especies, pero está permitida la pesca sin muerte en cotos sin muerte y en zonas libres de pesca sin muerte.
Los lunes se permite la pesca con muerte en los embalses de pesca intensiva.
Salmón
Periodos Salmón con muerte o sin muerte
- Del 3º sábado de abril al 15 julio.
Cebos
- Hasta el 15 de junio se permiten todos los cebos autorizados.
- Del 16 de junio al 15 de julio, Se prohíben cebos naturales para salmón y se pasa a pescar sólo con señuelos artificiales salvo la cucharilla, devón, pez artificial o similar.
Trucha, reo y otras
Periodos trucha
Tercer domingo de marzo al 15 de agosto:
- Zonas salmoneras y de montaña: tercer domingo de mayo al 15 de agosto (se permite trucha con piscardo desde apertura de salmón en ríos con tramos hábiles para pescar salmon; las menores de 24 cm se devuelven).
- Zonas pesca intensiva: Embalses de San Andrés, La Granda y Trasona del 1 de marzo al 30 noviembre. Lunes con muerte.
- Tramos de pesca sin muerte: tercer domingo de marzo al 15 octubre.
- Tramos sin muerte en zona salmonera: tercer domingo de mayo al 15 de agosto.
- Tramos sin muerte en zona montaña: tercer domingo de mayo al 15 de agosto.
- Excepción zonas limítrofes: Navia con Galicia y Deva con Cantabria: se cierra el 31 de julio.
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Cebos para trucha, reo y otras (salvo salmón) en zonas salmoneras
- Hasta el 3º domingo de mayo: sólo piscardo y solo en los tramos hábiles para pescar salmón.
- Del tercer domingo de mayo al 15 de junio se permiten todos los cebos autorizados (cucharilla de 1 solo anzuelo en zona salmonera).
- Desde el 16 de junio al 15 de agosto se prohíbe la cucharilla, el devón y el pez artificial, y se prohíbe la quisquilla y el gusano de tierra o meruco (o cebos artificiales que imiten a los anteriores).
- Desde el 1 de agosto al 15 de agosto se prohíbe también el maravayu y la gusarapa.
Mugil y lubina
En Zonas de Desembocadura de los ríos:
Múgil (mugílidos)
- Se permite su pesca durante el periodo general de trucha en zona salmonera.
- Además, se autoriza la pesca con miga de pan desde el segundo domingo de abril hasta el 30 de septiembre.
- Excepciones:
- En los ríos Eo y Deva (zonas compartidas), el periodo finaliza el 31 de julio.
Lubina
- Periodo de pesca: desde el segundo domingo de abril hasta el 15 de junio.
- Cebos y señuelos permitidos:
- Xorra (poliqueto marino).
- Piscardo muerto.
- Vinilo.
- Pez artificial con anzuelo grande (tamaño salmón).
- Se puede valorar la ampliación del periodo hasta el 30 de junio en los siguientes tramos:
- Río Sella: desde el puente de San Román hasta la desembocadura.
- Río Deva: desde Molleda–Vilde hasta la desembocadura.
Piscardo
Su pesca se abre y cierra a la vez que la trucha con muerte en cada zona/periodo.
Cangrejos americanos
Se permite la pesca como control del tercer domingo de marzo al 30 de noviembre. Las capturas deberán de ser sacrificadas de inmediato in situ.
